FoodNewsLatam - Argentina moderniza su control sanitario y redefine importaciones alimentarias

Argentina moderniza su control sanitario y redefine importaciones alimentarias

Argentina Procesos / Envases

Con la publicación del Decreto 790/2025, el Poder Ejecutivo Nacional introdujo una reforma estructural del sistema de control sanitario aplicado a la importación de alimentos, subproductos y derivados de origen animal y vegetal.

Esta modificación del histórico Decreto 1812/1992 marca un punto de inflexión para la eficiencia regulatoria en Argentina y proyecta efectos significativos para los flujos comerciales de alimentos en Latinoamérica.

El nuevo esquema responde a la necesidad de agilizar procesos, evitar superposiciones entre organismos y alinear al país con estándares internacionales como el Codex Alimentarius, facilitando el comercio exterior sin debilitamiento de las garantías sanitarias.

A. Reordenamiento institucional y simplificación operativa
1. Redefinición de competencias sanitarias

El Decreto asigna al SENASA la responsabilidad del control previo de productos de origen animal no acondicionados para venta directa al público, mientras que los controles posteriores al ingreso quedan a cargo de ANMAT o del propio SENASA, según la naturaleza del producto.

A diferencia del marco anterior, que imponía verificaciones sobre embalaje, transporte y condiciones de estabilidad, la reforma elimina controles redundantes y concentra la intervención estatal en aspectos críticos de inocuidad y salubridad.

Además, los productos alimenticios con certificación emitida por países considerados de “alta vigilancia sanitaria” según el Decreto 2126/1971 quedan exceptuados de controles posteriores, limitándose a un procedimiento simplificado y sin exigencias adicionales de la autoridad sanitaria argentina. Esta flexibilización puede reducir costos logísticos y tiempos de ingreso para importadores que operan con proveedores de mercados avanzados.

2. Reducción de plazos administrativos

La nueva normativa incorpora límites temporales más estrictos que buscan acelerar la circulación de mercaderías:

  • 3 días hábiles para inspecciones por deterioro o inconsistencias documentales.
  • 48 horas para resolver reclamos del importador derivados de esas inspecciones.
  • 5 días hábiles para liberar productos sometidos a control previo, con una prórroga justificada.
  • 5 días hábiles para controles motivados en riesgos sanitarios específicos.

También se establece que, cuando la mercadería se entregue “sin derecho a uso”, el importador deberá asumir el rol de fiel depositario, mientras la autoridad sanitaria cuenta con cinco días para emitir su decisión.

Este rediseño operativo reduce tiempos de espera en puertos y depósitos fiscales, lo que resulta clave en un contexto regional donde la logística y los costos portuarios suelen ser un cuello de botella para la competitividad.

3. Registro y coordinación entre organismos

El registro de productos alimentarios importados queda bajo competencia de ANMAT, salvo aquellos de origen animal, que permanecerán en SENASA. El Decreto también refuerza la articulación interinstitucional entre el Ministerio de Salud, ANMAT, SENASA y la Agencia de Recaudación y Control Aduanero, con el fin de asegurar normas complementarias coherentes.

B. Un modelo de control basado en riesgo y validación internacional

El elemento más innovador del Decreto 790/2025 es la incorporación de un enfoque de control basado en riesgo. Los productos que provengan de países incluidos en el actualizado Anexo III del Decreto 2126/1971 —como Estados Unidos, Canadá, la Unión Europea, AELC, Australia, Nueva Zelanda, Israel, Japón y Reino Unido— serán considerados automáticamente compatibles con el Código Alimentario Argentino si cuentan con certificados de libre venta o equivalentes.

Esta apertura regulatoria tiene impactos directos:

  • Favorece importaciones de bajo riesgo, reduciendo costos operativos.
  • Fortalece la integración sanitaria con economías desarrolladas.
  • Promueve mayor competitividad y disponibilidad de alimentos en el mercado interno.
  • Proyecta a Argentina como un país que armoniza estándares con socios estratégicos de Latinoamérica y el mundo.

La posibilidad de ampliar el listado de países deja margen para acuerdos regionales y mejoras en la trazabilidad y calidad sanitaria del comercio intralatinoamericano.

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