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Argentina endurece las normas de calidad para la leche larga vida

Argentina Lácteos

El gobierno argentino modificó el Código Alimentario Argentino para incorporar un reglamento técnico común del Mercosur que redefine los requisitos de calidad, seguridad e identidad exigidos a la leche ultra alta temperatura, un cambio que impacta directamente sobre las principales marcas del segmento larga vida en el país.

La actualización quedó formalizada mediante la Resolución Conjunta 7/2026, dictada en conjunto por la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca y la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica. La norma reemplaza disposiciones regionales cuyos antecedentes databan de 1994 y 1996, unificando así las condiciones de producción y comercialización de este tipo de leche dentro del bloque regional.

El corazón técnico de la actualización es microbiológico. La normativa exige que la leche UHT no contenga microorganismos capaces de proliferar bajo condiciones normales de almacenamiento y distribución durante todo el período de vida útil declarado en el envase. Para comprobarlo, se establece una prueba de incubación de siete días a una temperatura de entre 35 y 37 grados, tras la cual el envase no deberá presentar alteraciones, ni variaciones de acidez por encima de los límites permitidos, ni cambios sensoriales perceptibles en sabor, aroma o apariencia.

En cuanto al proceso industrial, la norma exige un tratamiento térmico continuo de entre 135 grados durante diez segundos y 150 grados durante dos segundos, o combinaciones equivalentes de tiempo y temperatura, seguido de homogeneización y envasado bajo condiciones asépticas. El objetivo es garantizar simultáneamente el cumplimiento de los parámetros físico-químicos y la ausencia de bacterias con capacidad de desarrollo durante la distribución del producto.

La regulación también ordena la clasificación de las leches larga vida según su contenido de materia grasa: un mínimo de 3% para la leche entera, entre 0.5% y 3% para la semidescremada, y un máximo de 0.5% para la descremada, con la obligación adicional de declarar el porcentaje exacto de grasa en el rótulo de las semidescremadas. Como ingrediente obligatorio se autoriza únicamente la leche de vaca, con la crema de leche como componente opcional, además de fosfatos y citrato de sodio permitidos como estabilizantes bajo condiciones específicas.

El cambio alcanza a un mercado donde compiten marcas históricas como La Serenísima, del grupo Mastellone Hermanos; Milkaut e Ilolay, del grupo francés Savencia; Tregar; Las Tres Niñas, de Adecoagro; además de Manfrey, Verónica y SanCor, junto con segundas marcas y etiquetas propias de las principales cadenas de supermercados. Pese a esta diversidad de actores, el sector muestra una dispersión considerable en la recepción de leche cruda, con la empresa líder concentrando apenas algo más del 11% del volumen nacional, un nivel de concentración menor al observado en otros grandes países productores de lácteos.

La medida también incorpora una dimensión ambiental, al vincular la estabilidad del producto con la reducción del desperdicio alimentario: una falla de calidad antes del vencimiento de la vida útil implica pérdidas no solo económicas sino también de los recursos empleados en su producción, desde el agua y la energía hasta el transporte y el envasado. Al mismo tiempo, la ventaja logística de la leche UHT, que no requiere cadena de frío antes de su apertura, contrasta con el desafío que representa el reciclaje de sus envases multicapa.

El endurecimiento regulatorio llega en un momento de fuerte expansión exportadora para la categoría. De acuerdo con datos sectoriales, los embarques de leche UHT con contenido de materia grasa de entre 1% y 6% alcanzaron las 4,102 toneladas entre enero y mayo, un incremento de 132.2% frente al mismo período del año anterior, con un salto interanual de 255.6% únicamente en el mes de mayo, lo que refuerza la relevancia comercial de sostener altos estándares de calidad y trazabilidad en toda la cadena productiva.

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