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¿Los alimentos funcionales realmente curan?

Ingredientes Argentina

Los consumidores ante los avisos publicitarios emitidos por los medios de comunicación que difunden las supuestas propiedades benéficas de algunos alimentos en la prevención o tratamiento de determinadas enfermedades, suelen dividirse entre quienes confían en ellos y quienes los rechazan.

Pero también se encuentran quienes dudan acerca de la veracidad de los contenidos de los anuncios, pero carecen del acceso a la información.

Los especialistas definen al alimento como toda sustancia natural o procesada que se ingiere con el fin de satisfacer la incorporación de los nutrientes para el mantenimiento de las funciones vitales del organismo. En los últimos años se ha aceptado la existencia de los alimentos funcionales, que son definidos como aquellos capaces de aportar sustancias con funciones fisiológicas definidas, brindando beneficios para la salud de quien los consume.

Para que un alimento pueda ser considerado funcional, debe demostrar que posee un efecto benéfico sobre una o varias funciones específicas del organismo, que mejora el estado de salud y de bienestar, o bien que reduce el riesgo de una enfermedad. Esto significa que estos alimentos deben contener, necesariamente, alguno de los llamados componentes o ingredientes funcionales, algunos de ellos son: las vitaminas (son compuestos orgánicos nutricionalmente esenciales para el organismo, regulan procesos metabólicos y no pueden ser sintetizadas por el cuerpo), antioxidantes (se encuentran en frutas y verduras y previenen el ataque de los radicales libres hacia las células), minerales (calcio, hierro, fósforo, magnesio, selenio, boro, cromo, cobre, níquel y zinc), y fibras dietarias (son partes de frutas, vegetales, granos, nueces y legumbres que no pueden ser digeridas por lo seres humanos, mejoran la absorción de nutrientes y favorecen el tránsito gastrointestinal).

Entre los productos que podrían considerarse como funcionales, por contener éstos u otros componentes, pueden mencionarse los lácteos enriquecidos con vitaminas, minerales, fitoesteroles u omega 3, y las barras de cereales con vitaminas y/o fibras. También, los yogures con probióticos (es decir con microorganismos vivos) que al ser ingeridos en cantidades suficientes, ejercen un efecto positivo en la flora intestinal, como el lactobacillus acidophillus, y los llamados alimentos ricos en fibras o prebióticos (sustancias no digeribles que pueden ser fermentadas por la flora bacteriana intestinal, y provocan un efecto favorable sobre ella).

Si bien internacionalmente se coincide en que estos alimentos pueden aportar ciertos beneficios, los criterios de inclusión en la categoría no son uniformes. Por ejemplo, en Japón se considera que la leche enriquecida con oligosacáridos es un alimento funcional, debido a que actúa sobre la flora digestiva, aumentando la cantidad de bífidos, mientras que en Europa, el mismo efecto no se interpreta como la mejora concreta de una función, por lo cual dicho alimento no ingresaría dentro de la categoría de funcional.

Las distintas clasificaciones se expresan como diferencias en la regulación. Así, desde 1991, Japón tiene normativas para los alimentos destinados a un uso higiénico específico (denominadas FOSHU), lo cual permite formular, tanto en los rótulos como en los avisos publicitarios, declaraciones de propiedades, previa aprobación del Ministerio de Sanidad.

En Europa no existe una legislación homogénea que codifique en detalle las declaraciones de propiedades nutricionales o higiénicas, debatiéndose, además, si es legítimo que se realicen declaraciones acerca de la prevención de enfermedades.

En los Estados Unidos la agencia sanitaria tiene aprobadas, desde 1993, declaraciones que relacionan el consumo de ciertos componentes con la ayuda en la prevención de determinadas enfermedades. Un ejemplo de ello puede ser el sodio y reducción de la hipertensión, el calcio y disminución de la osteoporosis, proteínas de soja y ayuda en la prevención de enfermedades coronarias.

Diversos estudios reconocidos mundialmente, mencionan las posibles propiedades funcionales de diversos componentes. De esta forma Polialcoholes Reducirían calorías, los Fitoesteroles podrían ayudar a bloquear la absorción del colesterol, las Bifidobacterias podrían favorecerse la función gastrointestinal y la producción de vitamina B 12, los ácidos grasos poliinsaturados podrían controlar los niveles de triglicéridos y colesterol y reducir la viscosidad de la sangre, Oligosacáridos tienen la posible propiedad de reducir calorías, actuando a nivel intestinal (probióticos), y previniendo las caries, Isoflavonas podrían ayudar a reducir el colesterol.

En ningún caso debe interpretarse que los alimentos que poseen dichos ingredientes sean aptos para el tratamiento de determinadas enfermedades, pues esta característica sólo es propia de los medicamentos. En todos los casos, los beneficios consisten en la prevención o disminución del riesgo de determinadas dolencias. Entoces se debe ser muy precavido con la publicidad que recomienda el consumo de un determinado alimento, asociándolo con la posibilidad de curación. La cantidad que se consume no debe relacionarse con la posibilidad de beneficios para la salud, el consumo excesivo puede ser sumamente perjuidicial.

En conclusión: la mejor forma que tiene el consumidor para defender sus derechos es consultar al médico o al nutricionista, de este modo evitará sufrir perjuicios económicos o, más grave aún, problemas en la salud que pueden ocasionar graves consecuencias.

Informó Carolina Brescia para FoodNewsLatam.com

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