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Adiós a la comida chatarra en escuelas: sanciones para quienes incumplan la nueva normativa en México

México Cereales / Panadería

El 29 de marzo entró en vigor un acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF), el cual establece lineamientos generales para la preparación, distribución y venta de alimentos y bebidas en las escuelas de México.

Esta nueva normativa prohíbe la comercialización de comida chatarra, tanto preparada como procesada, en todas las instituciones del Sistema Educativo Nacional (SEN), reguladas por la Secretaría de Educación Pública (SEP), como parte del programa “Vida Saludable, Vive Feliz”.

Inicio de la prohibición

A partir del lunes 31 de marzo, las autoridades educativas y escolares deberán acatar estas disposiciones con el objetivo de fomentar hábitos alimenticios saludables en los estudiantes. Sin embargo, quienes incumplan con esta regulación enfrentarán sanciones estipuladas en la ley.

Consecuencias para quienes vendan comida chatarra en las escuelas

Según lo dispuesto en el TÍTULO V CAPÍTULO ÚNICO de los lineamientos del DOF, las autoridades escolares que permitan, promuevan o difundan la venta de productos no permitidos incurrirán en infracciones establecidas en el artículo 170, fracciones VIII y IX de la Ley General de Educación (LGE) y en el artículo 301, párrafo segundo de la Ley General de Salud (LGS).

Las sanciones contempladas en los artículos 171, fracciones I y II de la LGE, y 416, 417 y 422 de la LGS incluyen multas económicas, amonestaciones y, en casos graves, la suspensión temporal o definitiva de la autorización para operar una institución educativa, clausura de establecimientos y revocación de licencias.

Las autoridades educativas y sanitarias colaborarán con la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (COFEPRIS) para garantizar el cumplimiento de la normativa y detectar posibles irregularidades. Estas sanciones se aplicarán sin perjuicio de otras medidas administrativas o sanitarias que correspondan.

Alimentos prohibidos en las escuelas mexicanas

La normativa impide la venta y promoción de productos con bajo valor nutricional, ingredientes dañinos para la salud o aquellos a los que se les hayan eliminado sus componentes beneficiosos.

Entre los productos prohibidos se encuentran:

- Refrescos y bebidas azucaradas.

- Papas fritas y botanas empacadas con alto contenido de sal y grasas.

- Pasteles, donas y postres industrializados con azúcares añadidos.

- Galletas, pan dulce y productos de panadería elaborados con harinas refinadas.

- Jugos y néctares con edulcorantes o azúcar añadida, incluyendo aguas saborizadas artificialmente.

- Cereales de desayuno con alto contenido de azúcar.

- Dulces, caramelos, paletas y chocolates procesados.

- Alimentos fritos o con grasas trans, como banderillas.

- Alimentos preparados en casa con exceso de sodio, azúcar o grasas.

- Bebidas no alcohólicas que cuenten con etiquetas de advertencia nutricional.

Esta medida tiene como finalidad reducir el consumo de alimentos y bebidas con bajo valor nutricional, previniendo problemas de salud como la obesidad infantil y fomentando una alimentación más equilibrada en las escuelas de México. Su implementación forma parte de una estrategia integral para mejorar el bienestar de los estudiantes y promover hábitos saludables desde la infancia

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